Acciones colectivas en Uruguay: por qué no hay reclamo a Apple

Acciones colectivas en Uruguay: por qué no hay reclamo a Apple

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Apple compensará a usuarios argentinos de algunos iPhone tras una acción colectiva; en Uruguay esa vía no está regulada, y conviene que las empresas lo sepan al comprar equipos.

Apple pagará hasta US$ 40 por equipo a usuarios argentinos de iPhone 6, 6 Plus, 6s, 6s Plus, SE (primera generación), 7 y 7 Plus afectados por la pérdida de rendimiento que provocaron ciertas actualizaciones de iOS. El dinero sale de un fondo de hasta US$ 3 millones, acordado en una acción colectiva y homologado por la Justicia argentina. En Uruguay no existe una ley específica de acciones colectivas, y un usuario con el mismo problema no tiene una vía equivalente.

Qué se resolvió en Argentina

El reclamo lo inició en 2020 la asociación de consumidores ADELCO (Acción del Consumidor) contra Apple Inc. El acuerdo fue homologado el 11 de agosto de 2026 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 21, con una aclaración el 24 de agosto. Según el texto del acuerdo, su firma no implica que Apple reconozca falta, culpa o responsabilidad.

Los requisitos principales son:

  • Ser persona humana o jurídica residente en Argentina que usaba un equipo comprendido al 4 de febrero de 2020.
  • Que el equipo haya ejecutado iOS 10.2.1 o posterior (iPhone 6, 6s y SE) o iOS 11.2 o posterior (iPhone 7 y 7 Plus), con baja de rendimiento antes del 21 de diciembre de 2017.
  • Presentar la solicitud en el sitio que se habilite para el acuerdo, dentro de un plazo de seis meses desde su puesta en marcha, fecha que aún no se anunció.

Los US$ 40 son un máximo: el monto final por equipo depende de cuántas solicitudes se aprueben. La clave del caso es que el beneficio alcanza a todos los afectados, hayan firmado o no la demanda.

Por qué en Uruguay no ocurre lo mismo

La Ley 17.250 de Relaciones de Consumo, del año 2000, reconoce entre los derechos básicos del consumidor el resarcimiento de los daños patrimoniales y extrapatrimoniales, y el derecho a asociarse en organizaciones de defensa del consumidor. Sin embargo, su texto no regula las acciones colectivas ni los llamados intereses difusos.

Según informó El Observador, en el ámbito jurídico uruguayo no hay acuerdo sobre el punto: algunos autores entienden que el Código General del Proceso alcanza para habilitar este tipo de demandas y otros sostienen que no. Un proyecto de ley sobre acciones colectivas, presentado por el abogado Juan Ramón Williman, quedó archivado en el Parlamento.

Alejandro Guerrero, secretario del Consejo de Administración de la Asociación Uruguaya de Consumidores Unidos (AUCU), explicó a ese medio que, sin esa figura, cada usuario afectado tendría que firmar la demanda de forma individual, algo que en un caso como el de los iPhone calificó como «prácticamente» imposible. La asociación indicó que no conoce acciones locales contra Apple por este tema, que no planea iniciar un reclamo y que su prioridad es que el Parlamento apruebe una ley de acciones colectivas. Guerrero señaló que Argentina y Brasil cuentan con un régimen que habilita esa figura y que Uruguay no.

Qué puede hacer su empresa

Sin una vía colectiva, cada comprador reclama por su cuenta, y el costo puede superar lo que está en juego por equipo. La mejor protección es la documentación:

  • Conserve facturas, certificados de garantía y constancias de reparación de cada equipo, sobre todo si compra en cantidad. La Ley 17.250 exige que la garantía se entregue por escrito, completada por el proveedor, con plazo, cobertura y costos a cargo del comprador.
  • Guarde también las constancias de reparación: la ley establece que el tiempo en que el producto está en reparación prolonga el plazo de la garantía.
  • Revise si su compra entra en la definición de consumidor. La ley incluye a las personas jurídicas que adquieren como destinatario final, y excluye a quien integra el producto en procesos de producción o comercialización. Ante la duda, conviene consultar con un asesor.
  • Si surge un problema, el Área de Defensa del Consumidor puede citar al proveedor a una audiencia para intentar un acuerdo entre las partes.

Un ejemplo hipotético: una oficina contable que compra diez notebooks y archiva factura y garantías puede acreditar fecha, modelo y proveedor si luego aparece una falla generalizada.

Fuentes:

Por Diego Pereira

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